Cobro de impagos a porcentaje

Nuestro Bufete concierta con empresas y autónomos un sistema de reclamación judicial por impago que le asegura al cliente el ejercicio de sus derechos SIN NECESIDAD DE DESEMBOLSO INICIAL A ABOGADO Y PROCURADOR, ya que se articula un sistema de “porcentaje”:
- En función de la cantidad recuperada al cliente.
- A abonar cuando se abone la deuda.
- Y siempre y cuando se recupere, ya que en caso contrario no se abonará nada.
Ante una situación de deuda, nuestros clientes acuden a nosotros para plantearnos el caso correspondiente y ante los hechos y documentación planteada, y previa una vía de requerimiento extrajudicial por burofax, se opta por alguno de los procedimientos judiciales que en su caso corresponda o sea más ventajoso para los intereses de los clientes. Véase:
- Juicio Monitorio (ante deudas líquidas y exigibles).
- Juicio verbal de reclamación de cantidad (deuda menor a 3000 euros).
- Juicio ordinario de reclamación de cantidad (deuda mayor a 3000 euros).
- Juicio cambiario (Letras de cambio, cheques o pagarés).
Tabla de Porcentajes (Honorarios de Bufete y Procurador):
- Deuda hasta 6.000 euros.- 20% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 6.001 a 18.000 euros.- 15% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 18.001 a 60.000 euros.- 9% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 60.001 a 120.000 euros.- 8% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 120.001 a 180.000 euros.- 7% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 180.001 a 240.000 euros.- 6,5% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 240.001 a 300.000 euros.- 6% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 300.001 a 450.000 euros.- 5,5% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 450.001 a 600.000 euros.- 5% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 600.001 a 750.000 euros.- 4,5% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 750.001 a 900.000 euros.- 4% de la cantidad recuperada.
- Deuda de 900.001 en adelante.- 3,5% de la cantidad recuperada.
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